Con una cifra histórica de 21,400 millones de dólares en inversión extranjera directa durante 2025, México se consolida como uno de los destinos más atractivos para el capital global. Este fenómeno, impulsado por el nearshoring, la estabilidad macroeconómica y su posición estratégica, abre un abanico de oportunidades para empresas nacionales y emprendedores.
La creatividad contractual en los negocios ha dado lugar a figuras cada vez más complejas y personalizadas, conocidas como contratos atípicos. Sin embargo, con la entrada en vigor del Artículo 5-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) —que regula la cláusula general antiabuso— estas estructuras pueden ser cuestionadas por la autoridad fiscal si se considera que carecen de una razón de negocio válida.
El Canal de Panamá, punto neurálgico del comercio marítimo global, se ha convertido en el epicentro de una creciente competencia geopolítica y económica. Actores como Estados Unidos, China, Taiwán, Singapur y recientemente México, buscan posicionarse estratégicamente en la región para asegurar rutas de comercio, expandir su influencia y garantizar el control logístico de este corredor clave.
Los precios de transferencia no solo son una obligación fiscal para empresas con operaciones entre partes relacionadas, sino también una poderosa herramienta estratégica. Bien gestionados, permiten alinear la carga tributaria con la realidad del negocio, evitar contingencias con el SAT y optimizar la rentabilidad global.
En los últimos años, el SAT ha intensificado su fiscalización sobre sociedades civiles, aplicando criterios automatizados que, en muchos casos, ignoran el principio del flujo de efectivo que rige su régimen fiscal. Esta desconexión entre la normatividad y los algoritmos de revisión ha generado diferencias en ingresos reconocidos, determinaciones de ISR indebidas y requerimientos que ponen en riesgo la operación de estas figuras jurídicas.
En el contexto del plan BEPS (Base Erosion and Profit Shifting) impulsado por la OCDE, los conceptos de materialidad y materialización se han consolidado como filtros clave para validar operaciones entre partes relacionadas. Ya no basta con que una operación esté documentada formalmente: ahora se exige sustancia económica real, evidencia funcional y congruencia con la realidad del negocio.