26 / julio / 2024

Transparencia y eficacia: Nueva frontera para las finanzas sostenibles

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Escrito por: AS News27/04/2022

Transparencia y eficacia. La Unión Europea ha aprobado recientemente una serie de normas destinadas a hacer más medible y verificable el sistema de finanzas. Un estudio claro y conciso del Foro para las Finanzas Sostenibles describe sus objetivos, calendario y funcionamiento. Las finanzas sostenibles en el formato europeo proceden así como una máquina compleja y delicada, en continua implementación. Útil para la transición ecológica del sistema financiero.

Las reformas en materia de finanzas propuestas por la Comisión

El 21 de abril de 2021, la Comisión de Bruselas presentó una propuesta legislativa por la que se modifica la directiva sobre información no financiera. La nueva legislación que derivará de ella, la Corporate Sustainability Reporting Directive (CSRD), ampliará el número de empresas que tendrán que cumplirla. Desde empresas de más de 500 empleados, hasta empresas con sede en Europa de más de 250 empleados y todas las pymes cotizadas en los mercados europeos. Pasará de 11 a casi 50 mil.

Además, se definirán estándares comunes de reporting, que se adoptarán entre 2022 y 2023. También habrá estándares específicos para las pymes (porque el método de talla única ya ha hecho bastante daño…). Por tanto, las empresas deberán proporcionar información tanto sobre los riesgos ambientales y sociales a los que están expuestas, como sobre el impacto de sus actividades en los factores de sostenibilidad. Esta información será auditada.

Obligaciones de información de las empresas

El 6 de julio de 2021, la Comisión publicó el acto delegado exigido por el artículo 8 del reglamento 2020/852 sobre. Se definen en detalle los contenidos, tiempos y modalidades para el alineamiento de las actividades a la taxonomía por parte de las empresas. Regla importante porque, entre otros datos, se debe definir la relación entre inversiones y activos financieros alineados con la taxonomía y el total de los mismos.

A principios de julio de 2022 estarán operativas las Normas Técnicas Normativas relativas a los impactos negativos en la sostenibilidad. Sobre la base de indicadores específicos, las características de los productos e inversiones sostenibles (según los artículos 8 y 9 del reglamento 2019/2088).

Por ello, tres normas tendientes a permitir la comparabilidad, verificación y cuantificación de la información relativa a la sostenibilidad de empresas, operadores y productos financieros. Una operación de transparencia en toda la cadena de suministro. Las empresas deben publicar datos sobre informes de sostenibilidad (CRSD), los operadores financieros utilizan estos datos para verificar y comunicar la alineación de sus actividades con la taxonomía y el porcentaje de alineación con la taxonomía de productos que invierten en empresas con objetivos ambientales.

Taxonomía al servicio de la transición ecológica

La taxonomía revela así su función de apoyo a la transición ecológica. De hecho, la divulgación de las inversiones de la cuenta de capital alineada con la taxonomía permite evaluar los planes estratégicos hacia la descarbonización . Que las empresas definan e implementen a lo largo del tiempo.

Estos datos permiten a los inversores seguir la evolución de los compromisos asumidos y orientar sus inversiones hacia inversiones sostenibles de forma transparente y consciente. Al mismo tiempo, la transparencia de estos datos ayuda a los inversores institucionales a seleccionar las empresas que han elegido el camino de la transición ecológica. Así como para realizar actividades de vinculación.

La transparencia y la eficacia de estas nuevas normas están intrínsecamente vinculadas. Solo si los datos, ahora obligatorios, son fiables y comparables, la implantación de la plataforma sobre finanzas sostenibles será efectiva. Por ello, unos estándares comunes que deben cumplir los proveedores y unas metodologías de cálculo claras y transparentes son determinantes para evitar el riesgo de greenwashing.

Calendario y ampliación para las PYME

El momento de la implementación de las regulaciones es igualmente importante. Que se definen en las mismas propuestas de directivas, pero que dependerán de la aprobación efectiva del Parlamento Europeo (cuyo trámite comenzará en otoño de 2021).

Otro elemento importante de la intervención de la Comisión Europea es la expansión de las grandes empresas a aquellas con un número de empleados entre 250 y 500. De hecho, los fondos domiciliados en la UE invierten solo un pequeño porcentaje de sus activos en grandes empresas, que están obligadas a publicar el informe de sostenibilidad. Solo el 26% para fondos de renta variable y el 20% para bonos corporativos.

Transparencia en las finanzas: alfabetización y conciencia

Pero, ¿cómo orientar y ayudar a los clientes en este tipo de elección? Por este motivo, la Comisión ha modificado la normativa relativa a las directivas MiFiD II, IDD (Directiva de Distribución de Seguros). Los consultores ahora tendrán que considerar las preferencias de sostenibilidad de los clientes al perfilar las necesidades financieras y de seguros y evaluar la idoneidad de la oferta.

Otras modificaciones de las directivas UCITS (organismos de inversión colectiva en valores inmobiliarios), AIFM (fondos de inversión alternativos) y Solvencia II (actividades de seguros y reaseguros) requieren la integración de cuestiones de sostenibilidad. En particular en la elaboración de productos. Pero también en la definición de los destinatarios a los que proponerlos, en el seguimiento, en la elección del canal de distribución y en la revisión de los propios productos.

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