Reforma: Se modificó la regla 2.14.3., permitiendo a los contribuyentes solicitar beneficios establecidos en el artículo 70-A del CFF para ejercicios fiscales anteriores o subsecuentes, derivados de modificaciones en facultades de comprobación.
Adición: Se agregó el transitorio Vigésimo Cuarto, el cual permite que los contribuyentes que aplicaban estímulos fiscales relacionados con la deducción inmediata de activos fijos y deducción adicional de gastos de capacitación continúen bajo las reglas previas hasta su conclusión.
Derogaciones: Se eliminó el Capítulo 11.12. y sus reglas relacionadas con estímulos fiscales a sectores clave de la industria exportadora, entre ellas:
Procedimientos para la deducción inmediata de inversiones en bienes nuevos de activo fijo. Deducción adicional de gastos de capacitación.
Los estímulos fiscales publicados el 11 de octubre de 2023, como la deducción inmediata de inversiones en activos fijos y gastos de capacitación, quedan derogados. Sin embargo, aquellos contribuyentes que ya aplicaban dichas disposiciones podrán seguir utilizándolas conforme al transitorio.
La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), es decir, el 23 de enero de 2025.
Se eliminan trámites específicos relacionados con los estímulos fiscales derogados.
La resolución elimina ciertos beneficios fiscales previamente otorgados, pero ofrece una transición para contribuyentes que ya los aplicaban. Es esencial que las empresas afectadas revisen sus estrategias fiscales y consideren opciones alternativas para optimizar su carga tributaria en el marco de las nuevas disposiciones.
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