El archivo "Octava Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 y Anexos 1 y 1-A - Séptima Versión Anticipada" incluye diversas modificaciones y adiciones a la normativa fiscal en México. A continuación, presento un resumen detallado regla por regla, destacando los aspectos esenciales de cada una:
Períodos de Vacaciones 2023: Del 18 de diciembre de 2023 al 02 de enero de 2024.
Días Inhábiles por Huracán Otis: Del 25 de octubre al 17 de noviembre de 2023 en municipios específicos de Guerrero.
Complemento Carta Porte: Debe incluir datos según el "Instructivo de llenado del CFDI con Complemento Carta Porte".
Legalidad de Mercancías Extranjeras: Se requiere el número del pedimento o documento aduanero.
Procesos y Requisitos: Incluye manifestación de conformidad, entrega de información, y determinación del monto del estímulo fiscal.
Inscripción en RFC y Generación de e.firma: Facilidades para personas físicas en municipios afectados en Guerrero.
Obtención de Cédula de Identificación Fiscal y Constancia de Situación Fiscal: Simplificación del proceso para afectados.
Suspensión de Plazos y Términos Legales: Impacto del Huracán Otis en Guerrero: Se suspenden plazos para diversos procedimientos y actos ante el SAT.
Modificaciones a Anexos 1 y 1-A: Cambios Específicos no Detallados: Anuncia modificaciones a estos anexos sin detallar en esta sección.
Estas modificaciones son significativas para el cumplimiento fiscal y administrativo en México, especialmente para aquellos afectados por circunstancias excepcionales como el Huracán Otis. Las reglas actualizadas reflejan un esfuerzo por adaptarse a situaciones emergentes y facilitar los procesos administrativos y fiscales.