08 / diciembre / 2023
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Maximiza tus Beneficios Fiscales en el RESICO: Exenciones y Compromisos para Actividades Agropecuarias y Pesqueras

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Escrito por: AS News14/08/2023

En el intrincado mundo de las regulaciones fiscales, el conocimiento preciso es tu mejor aliado. Para los emprendedores dedicados a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras que operan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), comprender las exenciones y responsabilidades es una herramienta esencial. La regla 3.13.28. de la Resolución Miscelánea Fiscal 2023 brilla una luz reveladora sobre estas cuestiones críticas, y dominarla puede marcar la diferencia en la efectividad de tu estrategia tributaria.

Uno de los puntos más destacados de esta regla es la emocionante exención de ingresos de hasta 900,000 pesos para aquellos que se dedican a las actividades mencionadas dentro del RESICO. Esto se traduce en una fabulosa ventaja para los contribuyentes, ya que estarán exentos del impuesto sobre la renta. Además, la regla otorga una maravillosa facilidad al liberar a los contribuyentes de la obligación de presentar declaraciones mensuales y anuales, siempre y cuando emitan los CFDI correspondientes a las actividades que realizan. Esta eximición se basa en la consideración de que tus ingresos ya están exentos de impuesto sobre la renta.

Es importante destacar, sin embargo, el segundo párrafo de esta regla. Nos recuerda que si tus ingresos exceden la cantidad de 900,000 pesos, deberás presentar declaraciones mensuales a partir del mes en que esto ocurra. También deberás presentar las declaraciones de los meses anteriores y, si es necesario, efectuar el pago del impuesto correspondiente. La buena noticia es que estas declaraciones serán consideradas como presentadas a tiempo si se realizan en la fecha en que se debe realizar el pago del mes en el que excediste el umbral de 900,000 pesos. En otras palabras, cuando superas este límite, las obligaciones tributarias se vuelven más detalladas, pero con la planificación adecuada, no hay por qué preocuparse.

Adicionalmente, la regla 3.13.10., también dentro de la Resolución Miscelánea Fiscal 2023, nos brinda un panorama importante. Establece que si tus ingresos superan los 900,000 pesos en el ejercicio fiscal, comenzarás a pagar el ISR a partir del mes en que esto ocurra. Sin embargo, no olvides que esto se aplica solo a la totalidad de los ingresos amparados por los CFDI efectivamente cobrados en el mes correspondiente. En resumen, una vez que superas este umbral, ya no disfrutarás de la exención, pero recuerda que se aplicará solo al monto de los ingresos que excedan los 900,000 pesos.

En resumen, el RESICO abre puertas emocionantes para aquellos que se dedican a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras. Aunque hay algunos límites y responsabilidades, la regla 3.13.28. brinda una valiosa oportunidad para sacarle el máximo provecho a estas exenciones. Mantenerse informado y contar con el respaldo de un asesor experto es tu fórmula para aprovechar estas ventajas fiscales al máximo, navegando sin problemas y evitando sorpresas en el camino hacia un futuro tributario brillante.

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