En medio de un entorno fiscal cada vez más complejo y dinámico, es fundamental que los empresarios tengan una comprensión sólida de las leyes y reglamentaciones fiscales. Uno de los componentes más recientes y potencialmente disruptivos de la legislación fiscal en México es el Artículo 69-B Bis, que podría tener implicaciones significativas para las operaciones comerciales y la planificación fiscal.
El Artículo 69-B Bis proporciona a la autoridad fiscal la potestad para presumir la transmisión indebida del derecho a disminuir pérdidas fiscales, en situaciones donde el contribuyente involucrado ha pasado por una reestructuración, escisión, fusión de sociedades o un cambio de accionistas. La presunción puede ser hecha si se identifica que la mayoría de las deducciones fiscales son el resultado de operaciones con partes relacionadas, o si el contribuyente disminuye considerablemente su capacidad para realizar su actividad principal, entre otras condiciones.
Este artículo puede ser particularmente relevante en situaciones de reestructuración empresarial. Si se detecta que las pérdidas fiscales declaradas están principalmente asociadas a operaciones entre partes relacionadas, la autoridad fiscal puede cuestionar la legitimidad de dichas transacciones.
Evaluación de las pérdidas fiscales: Debe llevarse a cabo una revisión detallada de todas las pérdidas fiscales declaradas para asegurar que no se encuentran en las categorías especificadas en el Artículo 69-B Bis. Revisión de las operaciones con partes relacionadas: Dado que las transacciones con partes relacionadas son un elemento central de este artículo, es esencial que las empresas lleven a cabo revisiones regulares y detalladas de todas las transacciones de este tipo.
Evidencia de actividad empresarial: El artículo 69-B Bis permite a los contribuyentes desvirtuar la presunción de transmisión indebida de pérdidas fiscales demostrando que los actos jurídicos que originaron la transmisión tenían como objetivo preponderante el desarrollo de su actividad empresarial y no la obtención de un beneficio fiscal. Es crucial que los empresarios se aseguren de tener suficiente evidencia documentada de que las pérdidas fiscales se deben a la actividad empresarial legítima.
Asesoría legal y fiscal: Considerando las posibles implicaciones del artículo 69-B Bis, es recomendable buscar asesoría legal y fiscal. Este consejo puede ser crucial para entender cómo se puede aplicar este artículo en su caso específico y cómo puede prepararse mejor para una eventual auditoría fiscal.
La interpretación y aplicación del Artículo 69-B Bis es un área de creciente importancia en la planificación fiscal. Al entender y abordar proactivamente las implicaciones de esta ley, los empresarios pueden asegurar que sus empresas estén en cumplimiento con las regulaciones fiscales y eviten posibles sanciones o inconvenientes futuros.