Los precios de transferencia son una cuestión crucial en la economía global. Se refiere a los precios a los cuales una empresa transfiere bienes físicos, propiedad intangible, o servicios a sus empresas relacionadas. Estas operaciones se realizan bajo condiciones que difieren de las que serían acordadas por empresas independientes, debido a la relación existente entre ellas. Dicha relación puede ser directa o indirecta, influyendo en la dirección, control o capital de la otra empresa, o cuando las mismas personas participan en la dirección, control o capital de ambas empresas.
El principio de Arm’s Length, establecido por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), es el estándar internacional para determinar los precios de transferencia. Este principio dicta que las empresas relacionadas deben actuar en sus operaciones como si fuesen empresas independientes, reproduciendo la dinámica de las fuerzas del mercado.
México, miembro de la OCDE desde 1994, sigue las directrices internacionales en materia de precios de transferencia. La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), en su artículo 179, establece que las personas morales que celebren operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero deben determinar sus ingresos acumulables y deducciones autorizadas conforme a los precios y montos que hubieran utilizado con partes independientes en operaciones comparables, integrando así el principio de Arm’s Length.
Obligaciones Documentales
El artículo 180 de la LISR obliga a las empresas a conservar la documentación que demuestre que las operaciones con partes relacionadas se pactaron a precios comparables a los de partes independientes. Esta documentación debe incluir:
Para aplicar el principio de Arm’s Length, se deben considerar varios métodos establecidos en el artículo 180 de la LISR, como el método de precio comparable no controlado (PC), precio de reventa (PR), costo adicionado (CU), partición de utilidades (PU), residual de partición de utilidades (RPU) y transaccionales de utilidad de operación (MTU).
El Estudio de Precios de Transferencia se desarrolla en cuatro secciones: