El tema de enajenación de bienes muebles exentos, contemplado en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), abarca una serie de detalles clave que son cruciales para cualquier contribuyente. A través de esta breve exposición, nos sumergiremos en lo que la LISR tiene que decir al respecto, especialmente en lo que respecta a las deducciones permitidas al vendedor.
La LISR otorga al vendedor de bienes muebles la facultad de realizar ciertas deducciones en el acto de enajenación. A continuación, nos detendremos en el análisis de estos aspectos fundamentales.
El Artículo 93 de la LISR 2023 establece específicamente lo siguiente:
No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos: ... XIX. Los derivados de la enajenación de: ... b) Bienes muebles, distintos de las acciones, de las partes sociales, de los títulos valor y de las inversiones del contribuyente, cuando en un año de calendario la diferencia entre el total de las enajenaciones y el costo comprobado de la adquisición de los bienes enajenados, no exceda de tres veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año. Por la utilidad que exceda se pagará el impuesto en los términos de este Título.
Con base en lo anterior, es esencial hacer una observación clave: si en un año calendario, la diferencia entre el monto total de las enajenaciones de bienes muebles y el costo probado de adquisición de dichos bienes no supera el monto de tres veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, multiplicado por los días del año, entonces, esa cantidad está exenta de impuestos. A modo de referencia, el salario mínimo diario actual es de 207.44, lo que nos da un valor anual de 227,146.80 al multiplicarlo por tres y considerar un año completo.
La comprensión adecuada del régimen tributario es crucial para garantizar el cumplimiento fiscal y maximizar las deducciones permitidas. En el caso de la enajenación de bienes muebles exentos, es importante que los contribuyentes estén al tanto de lo estipulado en la LISR, de modo que puedan realizar una gestión adecuada de sus ingresos y egresos. Con la claridad proporcionada por el Artículo 93, se espera que los contribuyentes tengan una mejor orientación en sus transacciones relacionadas con bienes muebles.