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Dominando el RESICO: Explorando las Claves y Cambios del Régimen Simplificado de Confianza

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Escrito por: AS News22/08/2023

Dominando el RESICO: Explorando las Claves y Cambios del Régimen Simplificado de Confianza

En el laberinto tributario, las decisiones que toman los contribuyentes pueden definir su relación con las obligaciones fiscales y la gestión de sus actividades económicas. Uno de los protagonistas en esta escena es el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), un esquema que ha llamado la atención de numerosas personas físicas por su promesa de simplificación y flexibilidad. Sin embargo, las recientes modificaciones normativas están arrojando luz sobre aspectos nuevos y disipando dudas claves en torno a este régimen.

Adentrándonos en las particularidades, el artículo 113-E de la Ley del Impuesto Sobre la Renta se erige como un faro de atención. Este artículo establece que las personas físicas que dedican su actividad exclusivamente a negocios, profesiones o al alquiler de bienes pueden optar por tributar bajo el RESICO. Esta elección está condicionada a que sus ingresos provenientes de estas fuentes no sobrepasen los tres millones quinientos mil pesos en el ejercicio inmediato anterior. Este umbral busca incentivar la formalización y simplificación de la tributación para aquellos que cumplen con los requisitos.

No obstante, es crucial destacar que, si en cualquier punto del año fiscal los ingresos rebasan los tres millones quinientos mil pesos, si no se respetan las obligaciones fiscales del régimen o si se omiten tres o más pagos mensuales, los contribuyentes quedarán excluidos del RESICO. En este caso, deberán adherirse a las normas del Título IV, Capítulo II (en caso de actividades empresariales y profesionales) o Capítulo III (para el alquiler y uso temporal de bienes inmuebles), según corresponda.

La notificación de la salida del RESICO ha experimentado cambios significativos con la reciente Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2023, publicada el 13 de julio. Anteriormente, esta notificación se realizaba a través de medios de contacto registrados o mediante anuncios en el Portal del SAT. No obstante, la derogación de la regla 3.13.24 indica que, a partir de ahora, esta notificación será gestionada a través del buzón tributario. Este cambio refleja una apuesta por la modernización y digitalización en la comunicación entre los contribuyentes y las autoridades fiscales.

El Régimen Simplificado de Confianza continúa siendo una opción atractiva para ciertos contribuyentes. No obstante, mantenerse al tanto de las condiciones y cambios en la normativa es esencial. Aunque el RESICO puede ofrecer simplificaciones, también conlleva ciertas restricciones y obligaciones. La clave para aprovecharlo al máximo radica en contar con el asesoramiento experto y mantenerse informado sobre las actualizaciones normativas que puedan impactar su aplicabilidad. En un mundo tributario en constante evolución, el conocimiento es el arma más poderosa contra las sorpresas fiscales.

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