26 / julio / 2024

Declaraciones Informativas De Préstamos O Aportaciones Para Aumentos De Capital

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Escrito por: AS News2/08/2023

Declaraciones Informativas De Préstamos O Aportaciones Para Aumentos De Capital

El cumplimiento de las obligaciones fiscales es un aspecto esencial para los contribuyentes en México. No solo se trata de realizar el pago de impuestos, sino también de acatar diversas obligaciones formales para evitar consecuencias adversas, como el rechazo de deducciones, multas, cancelación de Certificados de Sello Digital (CSD) y opiniones negativas.

Entre estas obligaciones formales se encuentran las declaraciones informativas, que han ido evolucionando con el tiempo debido a los avances en la tecnología y la implementación de nuevos sistemas fiscales. Estas declaraciones tienen como objetivo proporcionar datos relevantes a las autoridades fiscales para fortalecer el control y la fiscalización.

En el pasado, existían diversas declaraciones informativas, pero con el avance de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), algunas de ellas han desaparecido. Por ejemplo, la declaración informativa de retenciones en materia de ISR (Impuesto Sobre la Renta) ha dejado de ser obligatoria debido a que ahora dichas retenciones se reportan directamente en los CFDI.

Sin embargo, aún persisten algunas declaraciones informativas vigentes, y una de ellas es la declaración de préstamos y aumentos de capital para personas morales. Esta obligación está fundamentada en el artículo 76, fracción XVI de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR). Según este artículo, las personas morales deben informar a través de los medios y formatos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) indique, sobre los préstamos y aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital recibidos en efectivo, en moneda nacional o extranjera, cuando el monto supere los $600,000.00. Esta información debe ser presentada dentro de los 15 días posteriores a la recepción de las cantidades correspondientes.

Si las cantidades son recibidas en dos o más pagos durante el mismo ejercicio fiscal, la información deberá ser presentada dentro de los 15 días posteriores a la entrega del último pago que supere los $600,000.00.

Es importante destacar que tanto las aportaciones de capital como los préstamos no se consideran ingresos acumulables para la determinación del ISR. Sin embargo, si el contribuyente no presenta la declaración informativa correspondiente, estos montos deberán acumularse a pesar de no estar sujetos al gravamen.

La forma de presentación de esta declaración informativa se encuentra establecida en la regla 3.9.4., y se realiza mediante la forma oficial 86-A "Información de préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital recibidos en efectivo". Los contribuyentes pueden obtener este formato a través del portal del SAT y deben cumplir con los plazos establecidos para su presentación.

En conclusión, las declaraciones informativas son obligaciones formales adicionales al pago de impuestos que los contribuyentes deben cumplir. Es fundamental estar al tanto de estas obligaciones y presentar la información de manera adecuada y oportuna para evitar sanciones y mantener una relación transparente con las autoridades fiscales. Mantenerse informado sobre los cambios en la legislación fiscal y los procedimientos establecidos por el SAT es crucial para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales.

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