10 / diciembre / 2024

Crea tu Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS) sin Notario

Escrito por: AS Consulting Group25/06/2024

La Secretaría de Economía ha puesto a disposición de los emprendedores mexicanos una herramienta invaluable para apoyar la creación y crecimiento de micro, pequeñas y medianas empresas (PyMES). Desde 2016, es posible constituir Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) a través de su portal en línea, eliminando la necesidad de acudir ante un notario público. Esta iniciativa tiene como objetivo principal facilitar el proceso de formalización empresarial y promover el desarrollo económico del país.

La SAS es una forma jurídica diseñada específicamente para emprendedores y pequeños negocios. Puede ser constituida por una o más personas físicas, quienes sólo están obligadas al pago de sus aportaciones representadas en acciones. Este modelo se adapta perfectamente a las necesidades de las micro y pequeñas empresas, que juegan un papel crucial en la economía nacional mediante la producción y distribución de bienes y servicios, así como la generación de empleos.

Una de las ventajas más significativas de la SAS es que puede constituirse de manera completamente electrónica, sin necesidad de la intervención de un fedatario público. Además, no se requiere un capital mínimo, lo que reduce considerablemente las barreras de entrada para nuevos negocios.

Objetivos de la SAS:

  • Incentivar la formalización: Facilitar la legalización de los negocios, permitiéndoles acceder a beneficios fiscales y financieros.
  • Simplificar procesos: Hacer más accesible y menos burocrático el proceso de constitución y operación de micro y pequeños negocios.
  • Fomentar el crecimiento: Ayudar a los negocios a desarrollarse para que, en el futuro, puedan adoptar estructuras más complejas si así lo desean.

Desde su implementación, esta modalidad ha demostrado ser un recurso eficiente y práctico, permitiendo a numerosos emprendedores establecer sus negocios de manera rápida y económica.

Obligaciones de las SAS:

De acuerdo con el artículo 38, fracción XXX del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y la Regla Décima Novena de las Reglas de Carácter General para el funcionamiento y operación del Sistema Electrónico de Sociedades por Acciones Simplificadas, es fundamental que los administradores de las SAS publiquen anualmente el informe financiero en el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles (Sistema de PSM). Esta obligación está sustentada en el artículo 272 de la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) y en las Reglas de SAS publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre de 2016.

Ventajas clave de las SAS:

  1. Constitución Electrónica: Permite la creación de una SAS desde cualquier lugar, ahorrando tiempo y costos.
  2. Flexibilidad en el Capital: No se requiere un capital mínimo, lo que facilita la inclusión de emprendedores con recursos limitados.
  3. Formalización y Crecimiento: Las empresas formalizadas pueden acceder a beneficios fiscales y financieros que fomentan su desarrollo.
  4. Facilidad de Administración: La estructura simplificada de la SAS permite una administración eficiente, enfocándose en la operación y expansión del negocio.
  5. Aporte a la Economía: Las PyMES son esenciales para la economía nacional. La creación de SAS fortalece este sector, promoviendo el empleo y contribuyendo al PIB.

La Secretaría de Economía, a través de la Dirección General de Normatividad Mercantil, sigue comprometida con la implementación de políticas que promuevan el emprendimiento y la formalización de las PyMES. Los emprendedores interesados pueden acceder al portal en línea de la Secretaría para iniciar el proceso de constitución de una SAS, encontrando guías y soporte en cada etapa.

  1. Acceder al Portal: Visitar el portal en línea de la Secretaría de Economía.
  2. Registrar la Empresa: Completar el formulario de registro con la información requerida.
  3. Documentación Electrónica: Adjuntar la documentación necesaria en formato electrónico.
  4. Verificación y Aprobación: El sistema verifica la información y, una vez aprobada, se constituye la SAS.
  5. Publicación del Informe Financiero: Anualmente, durante el mes de marzo, se debe publicar el informe financiero en el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles.

Este proceso, sencillo y accesible, representa una oportunidad invaluable para los emprendedores que buscan formalizar sus negocios sin enfrentar las complejidades y costos tradicionales. La Secretaría de Economía se compromete a seguir apoyando a las PyMES, brindando herramientas que fomenten su desarrollo y contribuyan al crecimiento económico del país.

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