En el vertiginoso mundo de la tecnología y la innovación, cada sector busca adaptarse y aprovechar las oportunidades que ofrece la digitalización. En este contexto, el ámbito fiscal no es la excepción, y en México, una serie de cambios recientes en las regulaciones tributarias están marcando el camino hacia una mayor modernización y facilidad para los contribuyentes.
Un punto clave que ha captado la atención es el artículo Vigésimo Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal 2023, que ha sufrido modificaciones significativas con la Quinta Resolución de modificaciones a la misma, publicada el 13 de julio de este año. Esta disposición tiene un impacto directo en las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
La novedad radica en la posibilidad que se les brinda a estos contribuyentes de expedir sus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) a través de las aplicaciones "Factura fácil" y "Mi nómina" de "Mis cuentas". Lo destacable aquí es que esta acción puede realizarse sin la necesidad de contar con el certificado de e.firma o de un Certificado de Sello Digital. Sin duda, esto simplifica los procedimientos y elimina barreras burocráticas para los contribuyentes, incentivando la adopción de soluciones digitales.
Una fecha importante a tener en cuenta es el 2 de octubre de 2023, ya que este será el último día en el que los contribuyentes personas físicas que tributen en el RESICO podrán hacer uso de esta facilidad para expedir CFDI sin certificados de firma digital.
Además, el artículo Vigésimo Sexto Transitorio añade otro requisito para los contribuyentes que opten por el Régimen Simplificado de Confianza: deberán contar con un buzón tributario activo antes del 2 de octubre de 2023. Esto se presenta como una medida para fortalecer los canales de comunicación entre los contribuyentes y las autoridades fiscales.
Asimismo, el artículo Vigésimo Séptimo Transitorio establece que aquellos contribuyentes que elijan el Régimen Simplificado de Confianza deberán tener e.firma activa antes de la misma fecha límite. La e.firma, que puede obtenerse siguiendo los procedimientos establecidos, asegura la autenticación y seguridad de los procesos digitales.
Este conjunto de cambios y plazos estipulados en las resoluciones fiscales buscan modernizar y agilizar la relación entre los contribuyentes y las autoridades fiscales, promoviendo la adopción de soluciones digitales y reduciendo las barreras tradicionales en la presentación de documentos fiscales. Para asegurarse de cumplir con los requisitos y fechas, es fundamental contar con un adecuado asesoramiento en materia fiscal y tecnológica. La transformación digital avanza, y los contribuyentes tienen la oportunidad de aprovecharla en su beneficio.