26 / julio / 2024

Actividades Vulnerables ante el Lavado de Dinero en México

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Escrito por: AS News14/08/2023

¡Alerta Financiera! Actividades Vulnerables ante el Lavado de Dinero en México

El lavado de dinero es una amenaza que afecta a la estabilidad económica y a la integridad del sistema financiero en todo el mundo. En México, para combatir este delito, se ha promulgado la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), la cual busca detectar y prevenir actividades que puedan ser utilizadas para lavar dinero.

El legislador mexicano ha identificado ciertas actividades y servicios como "vulnerables" o susceptibles de ser utilizados por clientes que puedan estar involucrados en operaciones con recursos de procedencia ilícita. En otras palabras, son actividades del sector económico formal en las que existe la posibilidad de que los clientes empleen fondos provenientes de actividades ilícitas.

¿Qué actividades son consideradas vulnerables?

El artículo 17 de la LFPIORPI establece las actividades u operaciones que son consideradas vulnerables, y por lo tanto, quienes las realicen se convierten en sujetos obligados de esta normativa. A continuación, enumeramos algunas de estas actividades:

  1. Juegos, concursos o sorteos.
  2. Tarjetas de servicio, de crédito y prepagadas, de entidades distintas de las financieras.
  3. Cheques de viajero emitidos por entidades distintas de las financieras.
  4. Mutuos, préstamos o créditos otorgados por entidades distintas de las financieras.
  5. Construcción, desarrollo e intermediación de bienes inmuebles.
  6. Comercialización de metales y piedras preciosas, joyas y relojes.
  7. Comercialización de obras de arte.
  8. Comercialización de vehículos, nuevos o usados, aéreos, marítimos o terrestres.
  9. Servicios de blindaje de inmuebles o vehículos.
  10. Servicios de traslado o custodia de dinero o valores.
  11. Servicios profesionales independientes en los que se realicen ciertas operaciones en nombre y representación de los clientes.
  12. Servicios de fe pública (notarios y corredores).
  13. Recepción de donativos por parte de asociaciones o sociedades sin fines de lucro.
  14. Servicios de comercio exterior de agentes y apoderados aduanales.
  15. Arrendamiento de bienes inmuebles.
  16. Servicios de almacenamiento, intercambio y operaciones con activos virtuales.

Obligaciones de los Sujetos Obligados

Para ser consideradas actividades vulnerables, estas operaciones deben realizarse por montos establecidos en el artículo 17 de la LFPIORPI. Los sujetos obligados que participen en estas actividades deben cumplir con diversas obligaciones, entre las que destacan:

Integración de expedientes de identificación de sus clientes. Envío de avisos a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) en ciertos casos. Cada una de estas actividades vulnerables tiene sus propias características y, por lo tanto, los sujetos obligados deben desarrollar procedimientos específicos para cumplir con las normas de Prevención de Lavado de Dinero (PLD).

La lucha contra el lavado de dinero es una tarea fundamental para proteger la integridad del sistema financiero y prevenir actividades ilícitas en México. La identificación y regulación de actividades vulnerables en la LFPIORPI es un paso importante en esta dirección. Los sujetos obligados deben tomar conciencia de sus responsabilidades y cumplir con las obligaciones establecidas en la ley para contribuir a la prevención y detección del lavado de dinero en el país. La cooperación entre el sector privado y las autoridades es esencial para lograr resultados efectivos en esta lucha contra el delito financiero. La vigilancia y el cumplimiento adecuado de la LFPIORPI son la clave para fortalecer la seguridad y la transparencia en el sistema financiero mexicano.

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