En el ecosistema empresarial actual, los vínculos comerciales entre empresas del mismo grupo o con personas relacionadas son una estrategia común para el crecimiento, integración vertical o diversificación. Sin embargo, desde la óptica fiscal, esas relaciones se encuentran bajo lupa del SAT, especialmente tras los cambios al artículo 76 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) a partir de 2022.
Antes, solo las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero estaban obligadas a documentarse. Hoy, todas las operaciones con partes relacionadas —nacionales o extranjeras— están sujetas a control y justificación documental.
La LISR y la Ley Aduanera, así como la guía de la OCDE sobre precios de transferencia, definen como partes relacionadas a aquellas personas físicas o morales con vínculos de:
En términos prácticos, si tienes dos empresas donde tú o tus familiares participan en la gestión o capital, esas operaciones están sujetas a precios de transferencia.
Desde 2022, todos los contribuyentes con operaciones con partes relacionadas deben contar con documentación comprobatoria que demuestre que sus ingresos, deducciones, precios o márgenes son similares a los que se pactarían entre empresas independientes en condiciones comparables. Esto implica:
Están exentos de esta obligación los contribuyentes que:
Excepto si:
Omitir la documentación correcta puede derivar en:
La planeación fiscal ya no es solo para grandes corporativos. Hoy, el SAT exige evidencia técnica de que no estás usando tus vínculos empresariales para mover utilidades, deducir artificialmente o evadir impuestos.
Documentar correctamente no es una carga, es una herramienta para proteger el valor real de tu empresa, evitar ajustes fiscales inesperados y mantener la solidez de tu patrimonio.
En As Consulting Group, te ayudamos a cumplir con estas obligaciones sin afectar tu operación, integrando legalidad, eficiencia fiscal y planeación patrimonial. Porque cuidar tu empresa es cuidar tu legado.