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NOTICIAS DEL DÍA (19 DE FEBRERO DE 2026)

Escrito por: AS Consulting Group19/02/2026

Prohibir redes sociales a menores pondría a México en conflicto con el T-MEC.

Prohibir redes sociales a menores pondría a México en conflicto con el T-MEC.

Especialistas advierten que imponer verificaciones de edad y restricciones generales alteraría reglas del comercio digital, generaría riesgos legales y enfrentaría obstáculos institucionales para su aplicación.

La reciente tendencia global, encabezada por países como Australia y España, de prohibir el acceso a redes sociales a menores de edad encendió el debate en México. Sin embargo, implementar una medida de esta naturaleza en el país no solo enfrentaría retos sociales, sino que chocaría directamente con compromisos internacionales de gran peso, particularmente con el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

De acuerdo con Iván Díaz, abogado y perito informático, una restricción de este tipo alteraría las reglas de operación acordadas en el bloque comercial de América del Norte, pues al intentar imponer obligaciones adicionales a las plataformas digitales que no están contempladas originalmente, México se colocaría en una posición de vulnerabilidad jurídica frente a sus socios comerciales.

El T-MEC, en su Capítulo 19 de Comercio Digital, tiene un par de disposiciones relevantes. Una garantiza que los usuarios puedan acceder a servicios y aplicaciones en línea, mientras que la segunda establece que las plataformas no son responsables de contenidos de terceros, una disposición protegida en el marco del tratado, pues de imponer mecanismos de verificación de identidad representa el contravenir otros principios de privacidad y protección de datos personales de los adultos.

“Estaríamos afectando las características operativas y generando una carga de obligaciones que no está prevista bajo ese contexto”, señala el experto respecto a la posibilidad de que el Estado mexicano prohíba estas plataformas para los menores de edad.

Desde una perspectiva de derechos humanos, la prohibición también entraría en conflicto con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El artículo sexto constitucional, señala Díaz, garantiza el derecho al acceso a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), un derecho que no está restringido por la edad del ciudadano.

Asimismo, apunta que el sistema jurídico mexicano presenta un obstáculo adicional: la falta de instituciones con las facultades adecuadas para vigilar este cumplimiento, ya que a diferencia de Australia, que cuenta con ministerios de seguridad con capacidades específicas para restringir el uso de TIC, México carece de un modelo operativo institucional robusto para este fin.

Alfabetización y responsabilidad compartida más allá de la prohibición

Ante este panorama, Iván Díaz sostiene que el enfoque no debe ser punitivo ni basarse en la prohibición, la cual califica como "letra muerta" si no existe una responsabilidad social de fondo. En su lugar, propone que el Estado y la sociedad deben centrarse en el fomento de una verdadera educación digital.

La capacitación no debe limitarse únicamente a los menores, sino que debe extenderse a los padres de familia. El experto subraya que uno de los elementos más importantes es el “acompañamiento de los padres en el uso de este tipo de tecnologías”, transformando la supervisión en una actividad compartida y consciente en lugar de una restricción ciega.

Díaz argumenta que el cumplimiento del artículo sexto constitucional no debería verse solo como la entrega de dispositivos, sino como el fomento de una “inclusión digital a un uso adecuado de los activos de información”. Esto implica que tanto el Estado como los tutores deben colaborar para que los niños entiendan el procesamiento de información y los riesgos inherentes a la red.

Para el especialista, el camino para proteger a las infancias en el entorno digital en México no pasa por prohibir plataformas, sino por evolucionar hacia una responsabilidad compartida donde la alfabetización digital sea el eje rector para un desarrollo libre y seguro de la personalidad en la era de la información.

Por su parte, Rafael Chávez, director de ventas de la firma de ciberseguridad F5, una regulación más estricta en el acceso de menores a redes sociales puede actuar como un catalizador para elevar los estándares de seguridad en las plataformas digitales en general.

“Si bien la medida busca proteger a un grupo particularmente vulnerable, sus efectos positivos se extienden a todos los usuarios al impulsar la adopción de soluciones más robustas de protección de aplicaciones y APIs (WAAP), controles de identidad, detección de bots y prevención de abusos automatizados”, apunta Chávez.

La CDMX propone una vía de cuidado de las infancias en línea

La semana pasada se presentó una iniciativa legislativa en la Ciudad de México que plantea restricciones en el uso de redes sociales para las infancias, con el objetivo de protegerles ante riesgos como el acoso digital, la explotación y contenidos nocivos.

Aunque no se trata de una propuesta de prohibición, su finalidad es establecer condiciones para crear un entorno seguro online a partir de diferentes elementos, como verificación de edad, restricción de contenido y límites de tiempos de uso respecto a la responsabilidad de las plataformas.

Desde el lado del gobierno y papel de los tutores se buscará promover programas de uso responsable y seguro de tecnologías desde edad temprana para proteger a este sector sin prohibir su presencia en plataformas digitales.

Déficit comercial de EU alcanza un nuevo récord en 2025.

Déficit comercial de EU alcanza un nuevo récord en 2025.

En diciembre, el déficit total aumentó más de lo esperado, un 32.6%, hasta 70,300 millones de dólares, debido a la caída de las exportaciones y al aumento de las importaciones.

El déficit comercial de Estados Unidos se amplió a un nuevo récord en 2025, según mostraron el jueves datos del gobierno, a pesar de los aranceles generalizados impuestos por el presidente Donald Trump.

El déficit de bienes de Estados Unidos se situó en 1.24 billones de dólares durante el año pasado, lo que supone un ligero aumento respecto al nivel de 2024, informó el Departamento de Comercio.

Sin embargo, el déficit comercial de bienes con China se redujo en el cómputo del año, según los datos.

Al considerar tanto bienes como servicios, el déficit comercial total de Estados Unidos en 2025 se redujo a 901,500 millones de dólares, desde 903,500 millones en 2024.

En el mes de diciembre, el déficit total aumentó más de lo esperado, un 32.6%, hasta 70,300 millones de dólares, debido a la caída de las exportaciones y al aumento de las importaciones.

Las exportaciones de suministros industriales, incluido el oro no monetario, disminuyeron, mientras que las importaciones en la misma categoría aumentaron en el mes.

Las importaciones estadounidenses de bienes de capital, como accesorios informáticos y equipos de telecomunicaciones, repuntaron en diciembre.

Los flujos comerciales de la mayor economía del mundo se vieron fuertemente afectados en 2025, cuando Trump impuso nuevos aranceles a bienes procedentes de prácticamente todos los socios comerciales como parte de su empeño en reducir el déficit comercial.

Sus medidas llevaron el arancel efectivo promedio a su nivel más alto desde la década de 1930.

La reducción del déficit con China también se produjo después de que Trump entrara en una escalada arancelaria de represalias con Beijing el año pasado, aunque desde entonces ambos países han rebajado las tensiones.

El SAT vigila a las personas que soliciten algunos préstamos y créditos personales.

Algunas operaciones de mutuo o de garantía o de otorgamiento de préstamos o créditos son consideradas como Actividades Vulnerables por el SAT, y deben reportarse. El resto está exento.

No todos los créditos o préstamos personales se tramitan con los bancos. Actualmente existen diferentes entidades reguladas que le entran a este negocio. Sin embargo, quienes estén en él deben acatar ciertas reglas o serán multados por hasta 7.6 millones de pesos (mdp) por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

En México, existen diferentes entidades y figuras que se dedican a ofrecer servicios de operaciones de mutuo o de garantía, así como el otorgamiento de préstamos y créditos.

Los más famosos y comunes son los bancos, que pertenecen al sector de la banca múltiple, pero hay otras entidades financieras como las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofomes), las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (Socap) o las famosas Sociedades Financieras Populares (Sofipos).

Las empresas también suelen ofrecer estos servicios a su plantilla, quienes pueden desconar directamente de la nómina. Fideicomisos o personas físicas también lo hacen, ya sea de manera habitual o personal.

En el caso de personas y organismos que no sean instituciones financieras, el SAT exige que realicen una serie de acciones para cuidar su negocio y la economía nacional, ya que se consideran como Actividades Vulnerables, o susceptibles de recibir dinero de procedencia ilícita durante sus operaciones. Por ello, solicita las siguientes medidas.

Los créditos y préstamos que están bajo la mira del SAT

El SAT considera como Actividad Vulnerable el ofrecimiento habitual o profesional de operaciones de mutuo o de garantía o de otorgamiento de préstamos o créditos, con o sin garantía, por parte de sujetos distintos a las entidades financieras.

Es decir, que no sean realizadas por bancos, sofomes, socap o sofipos.

Así que cada operación ejercida por entidades que no sean financieras son objeto de identificación. Quienes se dediquen a esto, tienen la obligación de darse de alta en el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero (SPPLD) bajo la Actividad Vulnerable “MUTUO, PRÉSTAMOS O CRÉDITOS”.

Además de registrarse, tienen que realizar reportes recurrentes a la autoridad de las operaciones, y hacer avisos especiales cuando un acto o una operación sea igual o superior a 1,605 veces el valor diario de la UMA. En 2026, la UMA vale 117.31, por lo que el monto de aviso es de 188,282.5 pesos.

¿Cómo afecta a los consumidores?

Aunque la obligación del registro y avisos es por parte de quienes otorgan los préstamos, créditos u operaciones, al realizarlo, pueden compartir información sobre quienes pidieron el servicio.

De acuerdo con las reglas, el SAT exige que se debe identificar y conocer de manera directa a las personas usuarias o clientes con quienes realicen las operaciones, por lo que se debe verificar la identidad basándose en documentos y otros medios de reconocimiento oficial.

En caso de que el cliente sea una persona moral, fideicomiso u otra figura jurídica, se debe recabar documentos y otros medios de identificación de su beneficiario controlador o un representante.

Las empresas o personas dedicadas a estos servicios financieros, entonces, tienen la obligación de crear expedientes únicos por cliente y resguardarlos al menos por 10 años, así como generar una constancia que acredite la operación.

No se trata de procedimientos ajenos a los que se hacen en otras instituciones. El SAT lo exige como parte de verificación de los recursos.

Los créditos y préstamos exentos de aviso en el SAT

Algunos ejercicios se salvan de ser objeto de Aviso de Actividades Vulnerables, como:

  • Operaciones exclusivas entre personas empleadas de una empresa, o con otras empresas del mismo grupo empresarial.
  • Cuando los recursos provengan de los trabajadores que conforman el grupo empresarial, y se destinen para otorgar mutuos, préstamos o créditos exclusivamente a las personas trabajadoras, con cargo a dichos recurso.
  • Operaciones que realicen fideicomisos públicos, en donde funga como fideicomitente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y como fiduciario el Banco de México.

Tampoco son sujetos de aviso cuando sean operadas por instituciones financieras.

Multas por no avisar al SAT

Las entidades que se dedican a esto tienen la obligación de registrarse y presentar reportes al SAT, o de lo contrario serán acreedoras de sanciones económicas que van de 200 a 65,000 UMA. Es decir, de 23,462 pesos a 7.6 millones de pesos, según la gravedad de la infracción:

Multas de 200 a 2,000 UMA (23,462 a 234,620 pesos)

  • Abstenerse de cumplir con los requerimientos de las autoridades.
- Incumplir con cualquiera de las obligaciones establecidas en el artículo 18 de la LFPIORPI.
- Incumplir con la obligación de presentar en tiempo los avisos (cuando la presentación se realice a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que debió haber sido presentado).
- Presentar un aviso sin las formalidades.

Multas de 2,000 a 10,000 UMA ( 234,620 pesos a 1.17 millones de pesos)

  • Presentar un aviso extemporáneamente (cuando la presentación se realice posteriormente a los treinta días siguientes a la fecha en que debió haber sido presentado).
-Incumplir con las obligaciones que imponen los artículos 33 Bis y 33 Ter de la LFPIORPI. Multas de 10,000 a 65,000 UMA (De 1.1 a 7.6 millones de pesos) o del 10 al 100% del valor de la operación realizada (la que resulte mayor) -Omitir presentar los avisos.

Como clientes de préstamos y créditos, ¿en qué me debo fijar?

En caso de necesitar dinero para afrontar algun gasto imprevisto, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) sugiere tomar precauciones frente a préstamos exprés que son otorgados de forma inmediata.

Hay gestoras que ofrecen estos servicios, pero no están debidamente registradas ante el Sistema de Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES), por lo que la Condusef no podrá atender reclamaciones por incumplimiento.

Para evitar algun percance, la Comisión recomienda solicitar un crédito con una institución autorizada y supervisada, sea por un banco, una sofome, socap o sofipo, incluso por la Banca en Desarrollo.

La policía británica arresta al expríncipe Andrés por su relación con el caso Epstein.

El hermano del rey Carlos III es detenido por "sospecha de mala conducta en el ejercicio de su cargo público" cuando era enviado comercial de Reino Unido.

La policía arrestó al expríncipe Andrés este jueves, día de su cumpleaños, por "sospecha de mala conducta en el ejercicio de un cargo público", en relación con el caso Epstein, cuando era representante especial de Reino Unido para el Comercio Internacional.

La policía local de Thames Valley, donde se sitúa la residencia Royal Lodge en la que Andrés vivía hasta hace poco, confirmó en un comunicado la detención, avanzada por la prensa británica.

"Como parte de la investigación, hoy hemos arrestado a un hombre de unos sesenta años de Norfolk bajo sospecha de mala conducta en el ejercicio de un cargo público", indicó la policía, que no nombra al sospechoso como es costumbre en el país.

Ante estas informaciones, el rey Carlos III, hermano mayor de Andrés, que este jueves cumple 66 años, señaló que sigue los últimos acontecimientos "con la más profunda preocupación" y añadió que "la justicia debe seguir su curso".

Según la agencia de prensa británica PA, el príncipe Guillermo, heredero al trono británico, y su esposa Catalina, dijeron "respaldar" la postura del Rey.

El comunicado de la policía informó que se realizaron registros en dos direcciones en Inglaterra, en aparente relación con estas acusaciones. La BBC informó que una de ellas era la antigua casa de Andrés, Royal Lodge, en la finca de Windsor, al oeste de Londres.

La otra sería su residencia desde principios de este mes en la finca privada de Sandringham, propiedad del rey, en Norfolk, al este de Inglaterra, donde tuvo lugar su arresto, según medios británicos.

La policía informó que "el hombre permanece bajo custodia policial en este momento".

En su comunicado, el rey Carlos III señaló que se seguirá un "proceso completo, justo y adecuado".

La mala conducta en el ejercicio de un cargo público conlleva una pena máxima de cadena perpetua, según el Crown Prosecution Service (Fiscalía de la Corona).

Despojado de sus títulos

El año pasado, Charles despojó a su hermano de sus títulos y le ordenó abandonar su mansión en la finca de Windsor, aunque Andrés sigue siendo octavo en la línea de sucesión al trono británico.

La policía informó "estar realizando registros" en dos propiedades, señalando que "el hombre permanece bajo custodia policial en este momento".

La mala conducta en el ejercicio de un cargo público conlleva una pena máxima de cadena perpetua, según el Crown Prosecution Service (Fiscalía de la Corona).

El pasado 11 de febrero, salieron a la luz nuevos documentos que parecen indicar que el hermano del rey Carlos III transmitió informaciones confidenciales a Jeffrey Epstein. La fiscalía informó que está "en contacto" con la policía sobre esas sospechas.

El expríncipe, hoy apartado de la vida pública, era entonces representante especial de Reino Unido para el Comercio Internacional, cargo que ocupó entre 2001 y 2011.

Según un correo electrónico dirigido al financiero y delincuente sexual estadounidense, fechado el 24 de diciembre de 2010, el expríncipe remitió "un informe confidencial" sobre oportunidades de inversión en Afganistán.

El correo se sumaba a otros documentos, también incluidos en los archivos Epstein, que sugieren que en 2010 el expríncipe Andrés envió al financiero informes sobre viajes de trabajo realizados a China, Singapur y Vietnam. La policía regional de Windsor indicó entonces que está "examinando esta información" sobre Andrew Moutbatten-Windsor, como debe ser llamado ahora tras ser desposeído de sus cargos aristocráticos.

Primeras denuncias

Estos documentos se añaden a las acusaciones de agresión sexual formuladas contra el expríncipe por Virginia Giuffre, que se suicidó en 2025. Una segunda mujer afirmó posteriormente, a través de su abogado, que Epstein la envió a Inglaterra en 2010 para mantener relaciones sexuales con el hijo de la reina Isabel II.

Otro abogado estadounidense sostuvo que una de sus clientas relató que Epstein y el expríncipe la obligaron a mantener relaciones sexuales durante una fiesta en Florida en 2006.

La fiscalía también está en contacto con la policía de Londres en la investigación abierta sobre Peter Mandelson, exembajador británico en Washington, sospechoso de haber transmitido documentos confidenciales a Epstein.

La policía de Surrey, en el sureste de Inglaterra, informó el miércoles que había tenido conocimiento de un informe con partes censuradas que alegaba "trata de personas y agresiones sexuales contra un menor" entre 1994 y 1996 en el pueblo de Virginia Water.

El informe surgió en el último lote de millones de archivos publicados por el Departamento de Justicia de Estados Unidos procedentes de la investigación sobre Epstein, quien murió en prisión en 2019.

"Tras revisar nuestros sistemas con la información limitada de la que disponemos, no encontramos pruebas de que estas acusaciones hayan sido denunciadas ante la policía de Surrey", señaló el comunicado

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